Conocido es que en los campos de nuestro país se utilicen las quemas, o el fuego, como herramienta para eliminar residuos vegetales que quedan después de faenas agrícolas y forestales en predios rurales. Sin embargo, y debido a los múltiples impactos que se generan con ello, esta práctica es regulada, a través del Decreto Supremo N°100/1990 y el Decreto Supremo N° 31/2016, que fiscaliza CONAF con apoyo del SAG y Carabineros.
En el caso del primer decreto (D.S. N°100), la prohibición se enfoca en la quema de cualquier material vegetal, sea este vivo o muerto en terrenos rurales. Además de la quema de neumáticos u otros elementos contaminantes para prevenir o evitar las heladas. Mientras que en el segundo (D.S. N°31), se busca la reducción de las fuentes contaminantes para toda la Región Metropolitana de Santiago, llevando a cabo un trabajo intersectorial entre distintos ministerios.
Como estas fiscalizaciones están insertas dentro del Plan de Descontaminación Ambiental (PPDA), debido a la mala calidad del aire de Santiago y el aumento de episodios críticos en invierno, es que dicha prohibición en la RM, adquiere tanta relevancia. De este modo, se desarrolló el lanzamiento de la prohibición en Melipilla, provincia con el índice más alto de quemas en la región. Y haciendo un llamado a la población a cumplir con dicha normativa, autoridades regionales y locales se reunieron e informaron a la población de la medida. Así, lo señaló el gobernador de la provincia, Javier Ramírez.- “El 15 de marzo comienza la prohibición absoluta de las quemas y estaremos fiscalizando porque nos interesa la salud de las personas y todos debemos colaborar, en pos de nuestros niños y nuestros adultos mayores”, enfatizó.
Si bien el D.S 100 señala que la prohibición rige desde el 15 de marzo hasta el 31 de agosto de cada año, el decreto N° 31, amplía progresivamente dicho periodo, que actualmente rige hasta el 30 de septiembre, pero posteriormente y a partir del año 2022 se irá extendiendo a mayor cantidad de meses.
Aun cuando la fiscalización de esta normativa está a cargo de CONAF, las sanciones legales, las determina el Tribunal del SAG (Servicio Agrícola y Ganadero), la cuales podrían llegar hasta las 70 UTM. Y en ese sentido la directora regional de CONAF, Jessica Schenk señaló el compromiso institucional de velar por el cumplimiento de la disposición: “nosotros vamos a estar fuertemente fiscalizando para que no se sigan haciendo este tipo de acciones. Hay que recordar que hay multas que son bastante altas y que tenemos que cuidar a la población”.
Las medidas que las personas pueden adoptar si observan una quema, es informar inmediatamente a CONAF o Carabineros, de manera que un fiscalizador se acerque, constante la falta y cite al Tribunal del SAG, quien determinará, según los antecedentes disponibles, la multa efectiva para el infractor.